REGISTRO DE TITULOS
PARA INSCRIPCIONES
Ley 10579 – ARTICULO 60 H
El Director General de Cultura y Educación, a propuesta de la Subsecretaría de Educación, dictaminará sobre el reconocimiento de cursos, seminarios o equivalentes y establecerá las formalidades a
cumplimentar para solicitar el reconocimiento.
Todos los títulos y certificados que el Docente posea, deberán registrarse en la Dirección General de Cultura y Educación a los efectos de su valoración para el ingreso y/o para la carrera Docente.
La Comisión Permanente de Estudio de Títulos elaborará un nomenclador de títulos y certificados habilitantes y bonificantes para cada uno de los cargos de base y área de incumbencia en los que pueda realizarse el ingreso, deberá ser actualizado al 31 de diciembre de cada año
Los títulos se registran en el consejo escolar
¿Dónde queda el consejo escolar de Lobos?
https://goo.gl/maps/HGByYrrfZeKGBuMAA
saca turno para el registro de títulos por correo:
ce061@abc.gob.ar
TIPOS DE SELLOS EN LOS REGISTROS
REGISTRADO BAJO DNI Nº XX.XXX.XXX
ANOTADO EN FICHA DE ANTECEDENTES XX.XXX.XXX
Si tenemos dudas, nos estaremos comunicando desde
Prof. Lucrecia Arijó – SAD – Lobos – Región 24