IID 2024 – LOF 2025
Sobre Registro de Títulos habilitantes y/o bonificantes
COMUNICACIÓN CONJUNTA N° 01/2024
La Dirección de Personal, la Dirección de Gestión de Asuntos Docentes y la Dirección de Tribunales de Clasificación informan a las/los docentes que, previo a su inscripción de ingreso a la docencia, deberán registrar sus títulos habilitantes y bonificantes en la DGCyE, tanto los emitidos en soporte papel como los de soporte electrónico, tal como se encuentra establecido en la reglamentación del art 60 inc h) de la Ley N° 10579/87 –Estatuto del Docente de la Provincia de Buenos Aires- “Todos los títulos y certificados que el docente posea, deberán registrarse en la Dirección General de Cultura y Educación a los efectos de su valoración para el ingreso
y/o para la carrera Docente”
Este requisito cuya aplicación fue transitoriamente suspendida durante la pandemia y progresivamente retomada, resulta de aplicación ineludible a partir de la fecha.
Consulte en el Consejo Escolar de su distrito los días y horarios para hacer su trámite.