EMERGENCIA MT Nº 1 MÓDULOS DE SEGURIDAD HIGIENE Y PROTECCIÓN AMBIENTAL y PROYECTO Y DISEÑO DE INSTALACIONES ELECTRICAS

Secretaria de Asuntos Docentes de Lobos, a pedido de la Inspectora de Secundaria Técnica, Prof. Isabela Bonaccio llama a inscripción para la confección de listados de emergencia y difícil cobertura por Proyectos Pedagógicos de SEGURIDAD HIGIENE Y PROTECCIÓN AMBIENTAL y PROYECTO Y DISEÑO DE INSTALACIONES ELECTRICAS de módulos que no se encuentran comprendidos en la Disposición N°2 /12 de las Subsecretarías de Gestión Educativa y Educación y que se detallan a continuación:

EEST N°1

SEGURIDAD HIGIENE Y PROTECCIÓN AMBIENTAL

TECNICATURA AÑO Y

DIV.

CARGA

HORARIA

JURADO TITULAR JURADO

SUPLENTE

TECNICO EN ELECTROMECANICA 7° AÑO UNICA DIVISION  2 MODULOS IET R24BONACCIO ISABELA

DIR. DE PAULA CLAUDIO

JEFE DE AREA RUBEN REGINA

RENZI MARTIN

 

IE ETP VANINA ALTAMIRANO

DIR. TENCA LAURA

DOCENTE ROLANDO MARIANA

DOCENTE LABOLLITA JAVIER

 

PROYECTO Y DISEÑO DE INSTALACIONES ELECTRICAS

TECNICATURA AÑO Y

DIV.

CARGA

HORARIA

JURADO TITULAR JURADO

SUPLENTE

TECNICO EN ELECTROMECANICA 7° AÑO UNICA DIVISION  4 MODULOS IET R24BONACCIO ISABELA

DIR. DE PAULA CLAUDIO

JEFE DE AREA REGINA RUBEN

DOCENTE ANGELANI NESTOR

 

IE ETP VANINA ALTAMIRANO

DIR. TENCA LAURA

DOCENTE ROLANDO MARIANA

DOCENTE: MANZIONE JORGE

CRONOGRAMA DE ACCIONES

FECHA ACCIONES
4 días hábiles a partir del  8/06/2022 al 13/06/2022           inclusive. Convocatoria   a   Presentación de Proyectos, difusión y notificación docente.
5 días hábiles a partir 14/06/2022 al 22/06/2022           inclusive. Inscripción   en   las   Secretarías   de   Asuntos Docentes,   presentación   de antecedentes y Proyectos Pedagógicos.
1día hábil a partir del 4/07/2022 Entrevista, en https://meet.google.com/hgz-zsgu-vgp a las 14 hs.

Los interesados deberán inscribirse en el link

(Disponible según el cronograma de Inscripción)

https://forms.gle/7FjJVBUu1ahKwRE78

Se enviará una copia de tus respuestas por correo electrónico a la dirección que has proporcionado.

Una vez completado el formulario con tus datos, al pie, encontrarás la opción

para adjuntar la documentación escaneada

Toda la documentación que se adjunte, deberá estar escaneada en formato JPG o PDF para su mejor lectura.

  • Declaración Jurada FINES-EMERGENCIA-1
  • Los postulantes deberán presentar la propuesta pedagógica
  • Curriculum vitae con las probanzas

NO TE OLVIDES DE AGENDARLO

En los distritos en que no sea viable el registro de los títulos, por encontrarse cerrado el Consejo Escolar correspondiente, se considerará a todos los efectos la Declaración Jurada del docente.

Siendo de aplicación en todos los casos lo prescripto en el Artículo 68° de la Ley 10579, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, que dice:
ARTICULO 68°: (Texto según Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados cancelará el nombramiento,
si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el término de dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la sanción, sin que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del aspirante con
carácter definitivo. La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina.
ARTICULO 68°: (Decreto 2485/92) – Una vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente, o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del sumario pertinente. En caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la designación de un funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el
contenido de la documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días y emplazándolo
para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas. Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán los actuados al Tribunal de Disciplina para su intervención. En caso de infractores reincidentes que no se
encuentren prestando servicios al momento de comisión de la presunta falta se aplicará el mismo procedimiento señalado precedentemente.

Prof. Lucrecia Arijó – SAD – Lobos – Región 24

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