Secretaria de Asuntos Docentes de Lobos, a pedido de la ID Prof. Evangelina Acosta llama a inscripción para la confección de los listados de Emergencia/Difícil cobertura según lo normado en Disposición 50/2023 y 51/2023 respectivamente para la Modalidad de Educación Artística en todos los lenguajes.
INICIAL
- MUI MAESTRO DE MÚSICA
- MVI MAESTRO DE EXPRESION VISUAL
- MEI EXPRESION CORPORAL
- MTI MAESTRO DE TEATRO INICIAL
PRIMARIA
- MUP MAESTRO DE MÚSICA
- MPP MAESTRO DE PLÁSTICA
- MDP MAESTRO DE DANZA
- MTP MAESTRO DE TEATRO
SECUNDARIA
- AMC APOYO EDUCACIÓN SECUNDARIA
- APV PLÁSTICA
- ADZ DANZA
- ATT TEATRO
ESPECIAL
- MUE MAESTRO DE MÚSICA ESPECIAL
Cronograma
- DIFUSIÓN : 19/03 al 25/03/2024
- INSCRIPCIÓN Y PRESENTACIÓN DE PROYECTOS: 26/03 al 03/04/2024
- INICIO DE ENTREVISTAS A PARTIR DEL 15/04/2024
Dir. EEE Prof. Claudia Cionfrini Prof. Agustín Stanley
Los interesados deberán inscribirse en el link
(disponible según el cronograma de Inscripción)
https://forms.gle/viADdnpHroUQrdtCA
Se enviará una copia de tus respuestas por correo
electrónico a la dirección que has proporcionado.
una vez completaste el formulario con tus datos, al pie, encontrarás la opción para adjuntar la documentación escaneada
Los interesados deberán adjuntar al formulario :
- Declaración Jurada (https://www.sadlobos.com/wp-content/uploads/2015/02/INFINE-EMERGENCIA.xlsx
- DNI
- Título secundario registrado en consejo escolar
- Títulos terciarios y/o universitarios (si es que presentan) registrados en consejo escolar
- Constancia de alumno regular que no exceda los 30 días de antigüedad y porcentaje de materias actualizada al momento de la inscripción.
- Cursos, capacitaciones, específicos del cargo/módulos/horas cátedras a las que aspira.
- Formulario 354 con desempeños certificados por autoridad competente
- Proyecto pedagógico
- Curriculum vitae
NO TE OLVIDES DE AGENDARLO
La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina.
ARTICULO 68°: (Texto según Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados cancelará el nombramiento, si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el término de dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la sanción, sin que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del aspirante con carácter definitivo. La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina.
ARTICULO 68°: (Decreto 2485/92) – Una vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente, o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del sumario pertinente. En caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la designación de un funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el contenido de la documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días y emplazándolo para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas. Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán los actuados al Tribunal de Disciplina para su intervención. En caso de infractores reincidentes que no se encuentren prestando servicios al momento de comisión de la presunta falta se aplicará el mismo procedimiento señalado precedentemente.
Prof. Lucrecia Arijó – SAD – Lobos – Región
DISPO-2023-50-GDEBA-DEARDGCYE ARTÍSTICA- difícil cobertura DI-2023-36337190-GDEBA-DEARDGCYE
DISPO-2023-51-GDEBA-DEARDGCYE ARTÍSTICA Listados de Emergencia DI-2023-36337362-GDEBA-DEARDGCYE