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CONVOCATORIA PARA LA COBERTURA POR PROYECTO PEDAGÓGICO DE MÓDULOS DE PRÁCTICAS DEL LENGUAJE DEL PROGRAMA “EDUCACIÓN PROFESIONAL SECUNDARIA”

Secretaria de Asuntos Docentes de Lobos a pedido de la IE de Educación Técnico Profesional Prof. Vanina Altamirano realiza el llamado a convocatoria para la presentación de propuestas pedagógicas del Programa Educación Profesional Secundaria Res. 1873/22, para módulos de PRÁCTICAS DEL LENGUAJE, sede de la EEST N° 1 del distrito de Lobos

 

CRONOGRAMA DE ACCIONES

Del  25/10 al 03/11 inclusive: Convocatoria a Presentación de Proyectos, Difusión y notificación docente.

Del 06/11 al 10/11 inclusive: Presentación de Antecedentes y Proyectos Pedagógicos vía SAD

Los interesados deberán inscribirse en el link

(Disponible según el cronograma de Inscripción)

https://forms.gle/2ZN7KWWGhpr9GwKw9

EN LOBOS en el siguiente formulario

Se enviará una copia de tus respuestas por correo electrónico a la dirección que has proporcionado.

Una vez que completaste el formulario con tus datos, al pie encontraras la opción

para adjuntar la documentación escaneada

Toda la documentación que se adjunte, deberá estar escaneada en formato JPG o PDF para su mejor lectura.

Entrevista, en la EEST N ° 1 :    1día hábil
a partir del 24/11

Los interesados deberán adjuntar

Las instancias de evaluación serán:
● Antecedentes Personales y Profesionales,
● Proyecto de Plan de Trabajo Formativo,
● Entrevista y defensa

Las/os aspirantes deberán presentar, en el momento de la inscripción:
● Un Proyecto de Plan de Trabajo Formativo conforme a perfiles y funciones establecido en los anexos de la presente Resolución de la Educación Profesional Secundaria convocada.
● Sus antecedentes profesionales completos (curriculum vitae), incluyendo títulos y certificaciones, fotocopia del Documento Nacional de Identidad. Esta documentación deberá formar parte del legajo en copias autenticadas por la autoridad interviniente, acompañando la planilla de inscripción.

Normativa

Siendo de aplicación en todos los casos lo prescripto en el Artículo 68° de la Ley 10579, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, que dice:
ARTICULO 68°: (Texto según Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados cancelará el nombramiento, si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el término de dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la sanción, sin que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del aspirante con carácter definitivo. La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina.
ARTICULO 68°: (Decreto 2485/92) – Una vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente, o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del sumario pertinente. En caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la designación de un funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el contenido de la documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días y emplazándolo para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas. Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán los actuados al Tribunal de Disciplina para su intervención. En caso de infractores reincidentes que no se encuentren prestando servicios al momento de comisión de la presunta falta se aplicará el mismo procedimiento señalado precedentemente.

Marta Mastandrea – SJ de SAD – Lobos – Región 24

PRUEBAS DE SELECCIÓN COBERTURA PUNTUAL 2023 DE DIRECTIVOS DE PRIMARIA

La Secretaria de Asuntos Docentes de Lobos convoca a Inscripcion  AL PERSONAL DOCENTE para la prueba de selección según lo pautado en el Art. 75° inc. 6.4.3 del Estatuto del Docente y la Resol. 824/05, Res. 2767/22 y  acuerdos paritarios.

Prueba Puntual 2023 de Directivos de Primaria:

Item A – Docentes titulares del mismo inciso escalafonario del cargo a cubrir, que cumplan con los requisitos de antigüedad exigidos para el cargo:

  • A. 1 del establecimiento.
  • A. 2 del distrito.

Item B- Docentes titulares del mismo inciso escalafonario del cargo a cubrir, que NO cumplan con los requisitos de antigüedad exigidos para el cargo, en el orden establecido en A1 y A2.

Item C– Docentes provisionales del mismo inciso escalafonario del cargo a cubrir, en el orden establecido en A.1 y A.2.

Cargos: Director/a – Vice Director/a

Escuela N° Categoría Cargo Ubicación Situación de revista Motivo
PP 02 1ra. Vice Director/a Semi- Urbana Suplente MJ

 

PP 03 3ra. Director de J25H Rural Provisional vacante
PP08 3ra. Director de J25H Rural Provisional vacante
PP12 3ra. Director Rural Provisional vacante
PP 13 3ra. Director Rural Provisional vacante
PP 14 3ra. Director Rural Provisional vacante
PP 16 3ra. Director  De J25 H. Rural Provisional Vacante
PP 20 3ra. Director De J25H Rural Provisional Vacante
PP 24 3ra. Director Rural Provisional Vacante
PP 25 3ra. Director Rural Provisional Vacante
PP 28 3ra. Director de J25H. Rural Provisional Vacante
PP 29 3ra. Director de J25H Rural Provisional Vacante
PP 34

 

3ra. Director de J25H Rural Provisional Vacante
PP 37 1ra. Vice Director/a Jornada de 4hs.  y 1/2 Urbana Suplente Vacante por  MJ (1183)

Sede de la Comisión Evaluadora: Lobos, Región 24.

Comisión Evaluadora:

Inspector Titular: Patricia Ojeda

Inspectora Suplente: Verónica Bustos

Inspector Titular: Karina Gerstner

Inspectora Suplente: Analía Mc Cormack

Director Titular: Mariana Federico

Directora Suplente: Erika Beccaría

Asistencia técnica: Verónica Bustos/ Vanesa Catena

Secretaria de actas: Andrea Laloni

 COMISIONES EVALUADORAS

DIRECTORA/OR PRIMARIA

SEDE: LOBOS

REGIÓN: 24

CARGOS  TITULARES  SUPLENTES
INSPECTORA/OR Rosana Patricia Ojeda Analia Mc Cormack
INSPECTORA/OR Karina Gerstner Verónica Bustos
DIRECTORA/OR Mariana Federico Erica Beccaría

 

CRONOGRAMA DE ACCIONES

Difusión y notificación :  04/10/23 al 10/10/23 (5 días hábiles)

Inscripción de aspirantes11/10 /23 al  17/10/23 (3 días hábiles)

 

Los interesados deberán inscribirse en el link 

(Disponible según el cronograma de Inscripción)

https://forms.gle/sgoDFAFL8MieV6Fh7

Se enviará una copia de tus respuestas por correo electrónico a la dirección que has proporcionado.

una vez completaste el formulario con tus datos, al pie, encontraras la opción

para adjuntar la documentación escaneada

Toda la documentación que se adjunte, deberá estar escaneada en formato JPG o PDF para su mejor lectura.

NO TE OLVIDES DE AGENDARLO

Siendo de aplicación en todos los casos lo prescripto en el Artículo 68° de la Ley 10579, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, que dice:
ARTICULO 68°: (Texto según Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados cancelará el nombramiento,
si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el término de dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la sanción, sin que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del aspirante con
carácter definitivo. La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina.
ARTICULO 68°: (Decreto 2485/92) – Una vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente, o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del sumario pertinente. En caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la designación de un funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el
contenido de la documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días y emplazándolo
para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas. Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán los actuados al Tribunal de Disciplina para su intervención. En caso de infractores reincidentes que no se
encuentren prestando servicios al momento de comisión de la presunta falta se aplicará el mismo procedimiento señalado precedentemente.

PRUEBAS A PARTIR DEL 31 DE OCTUBRE DE 2023

Prof. Lucrecia Arijo – SAD – Lobos – Región 24

 

20- 2005_Resolucion-824 (1)

 

Licencias Médicas

La Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia cuenta con un nuevo Sistema de Gestión de Licencias Médicas.

Recordá que para acceder a la aplicación desde el portal ABC debés ingresar a https://menu.abc.gob.ar/ y completar los campos con tu CUIL/USUARIO y CLAVE con el que ingresás habitualmente al ABC.

Una vez dentro de la plataforma, deberás hacer clic en el ícono MIS LICENCIAS.

Requisitos para los certificados médicos

Fuente: https://abc.gob.ar/secretarias/areas/subsecretaria-de-administracion-y-recursos-humanos/subsecretaria-de-administracion-y-1