Secretaria de Asuntos Docentes de Lobos, a pedido de la Inspectora de Educación Secundaria Técnica Prof. Isabela Bonaccio llama a inscripción para la cobertura de módulos por proyecto pedagógicos de las siguientes materias que no se encuentran comprendidos en la Disposición N°2 /12 de las Subsecretarías de Gestión Educativa y Educación y que se detallan a continuación
TÉCNICO EN TECNOLOGÍA DE LOS ALIMENTOS
MICROBIOLOGÍA DE LOS ALIMENTOS
AÑO Y DIVISIÓN: 7° AÑO CARGA HORARIA: 4 MÓDULOS
JURADO: IET R24 BONACCIO ISABELA. DIR. PEREDO SERGIO. JEFE DE ÁREA: REGINA RUBEN. DOCENTE: BRUNO LORENA
EMPRENDIMIENTOS PRODUCTIVOS Y DESARROLLO LOCAL
AÑO Y DIVISIÓN: 7° AÑO CARGA HORARIA: 2 MÓDULOS
JURADO: IET R24 BONACCIO ISABELA DIR. PEREDO SERGIO. JEFE DE ÁREA: REGINA RUBEN. DOCENTE: BRUNO ANA LAURA
PRÁCTICAS PROFESIONALIZANTES DEL SECTOR INDUSTRIAS DEL PROCESO
AÑO Y DIVISIÓN: 7° AÑO CARGA HORARIA: 6 MÓDULOS
JURADO: IET R24 BONACCIO ISABELA DIR. PEREDO SERGIO JEFE DE ÁREA: REGINA RUBEN. DOCENTE: DE PIZZOL MARIA INES
LABORATORIO DE BROMATOLOGÍA
AÑO Y DIVISIÓN: 7° AÑO. CARGA HORARIA: 4 MÓDULOS
JURADO: IET R24 BONACCIO ISABELA DIR. PEREDO SERGIO JEFE DE ÁREA: REGINA RUBEN. DOCENTE: ZARRAGOICOECHEA PABLO
GESTION DE LA CALIDAD Y LA LEGISLACIÓN
AÑO Y DIVISIÓN: 7° AÑO CARGA HORARIA: 3 MÓDULOS
JURADO: IET R24 BONACCIO ISABELA DIR. PEREDO SERGIO JEFE DE ÁREA: REGINA RUBEN. DOCENTE: DE PIZZOL MARIA INES
BROMATOLOGIA Y NUTRICION
AÑO Y DIVISIÓN: 7° AÑO CARGA HORARIA: 3 MÓDULOS
JURADO: IET R24 BONACCIO ISABELA DIR. PEREDO SERGIO JEFE DE ÁREA: REGINA RUBEN .DOCENTE: ZARRAGOICOECHEA PABLO
TÉCNICO EN ELECTROMECÁNICA
EMPRENDIMIENTO PRODUCTIVO Y DESARROLLO LOCAL
AÑO Y DIVISIÓN: 7° AÑO CARGA HORARIA: 2 MÓDULOS
JURADO: IET R24 BONACCIO ISABELA DIR. PEREDO SERGIO JEFE DE ÁREA: REGINA RUBEN. DOCENTE: DRAGUI PEIRANO CARLOS
SEGURIDAD HIGIENE Y PROTECCIÓN AMBIENTAL
AÑO Y DIVISIÓN: 7° AÑO CARGA HORARIA: 2 MÓDULOS
JURADO: IET R24 BONACCIO ISABELA DIR. PEREDO SERGIO
DOCENTE: GIBESSI DARIO, RENZI MARTIN
PROYECTO Y DISEÑO DE LAS INSTALACIONES ELÉCTRICAS
AÑO Y DIVISIÓN: 7° AÑO CARGA HORARIA: 4 MÓDULOS
JURADO: IET R24 BONACCIO ISABELA DIR. PEREDO SERGIO
DOCENTE: REGINA RUBEN, ANGELANI NESTOR
PRÁCTICAS PROFESIONALIZANTES DEL SECTOR ELECTROMECÁNICO
AÑO Y DIVISIÓN: 7° AÑO CARGA HORARIA: 6 MÓDULOS
JURADO: IET R24 BONACCIO ISABELA DIR. PEREDO SERGIO JEFE DE ÁREA: REGINA RUBEN. DOCENTE: LABOLLITA MARCELO
CRONOGRAMA DE ACCIONES
Convocatoria a Presentación de Proyectos,
Difusión y notificación docente.: 21/03/2023 AL 27/03/2023
Inscripción en las Secretarías de Asuntos
Docentes, presentación de antecedentes y Proyectos Pedagógicos: 28/03/2023 AL 03/04/2023
Entrevista, https://meet.google.com/jxf-twdq-kqh 1° DÍA HÁBIL A PARTIR DEL 18/04/2023
Los interesados deberán inscribirse en el link
(Disponible según el cronograma de Inscripción)
https://forms.gle/e4rZ4x9S4HGwen538
Se enviará una copia de tus respuestas por correo electrónico a la dirección que has proporcionado.
Una vez completaste el formulario con tus datos, al pie, encontrarás la opción
para adjuntar la documentación escaneada
Los interesados deberán presentar:
- Declaración Jurada FINES-EMERGENCIA
- Fotocopia de DNI
- Fotocopia del título secundario registrado en consejo escolar
- Fotocopias de títulos terciarios y/o universitarios (si es que presentan) registrados en consejo escolar
- Constancia de alumno regular que no exceda los 30 días de antigüedad
- Formulario 354 con desempeños certificados por autoridad competente FORM-354-antiguedad-2022
- Propuesta de trabajo
NO TE OLVIDES DE AGENDARLO
La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina.
ARTÍCULO 68°: (Decreto 2485/92) – Una vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente, o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del En los distritos en que no sea viable el registro de los títulos, por encontrarse cerrado el Consejo Escolar correspondiente, se considerará a todos los efectos la Declaración Jurada del docente.
Siendo de aplicación en todos los casos lo prescripto en el Artículo 68° de la Ley 10579, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, que dice:
ARTICULO 68°: (Texto según Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados cancelará el nombramiento,
si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el término de dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la sanción, sin que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del aspirante con
carácter definitivo sumario pertinente. En caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la designación de un funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el
contenido de la documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días y emplazándolo
para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas. Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán los actuados al Tribunal de Disciplina para su intervención. En caso de infractores reincidentes que no se
encuentren prestando servicios al momento de comisión de la presunta falta se aplicará el mismo procedimiento señalado precedentemente.
Prof. Lucrecia Arijó – SAD – Lobos – región 24