PASOS PARA LA INSCRIPCIÓN DEL CONCURSO DE TÍTULOS, ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN PARA LA COBERTURA DE CARGOS DIRECTIVOS TITULARES DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS DEPENDIENTES DE LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN FÍSICA

DIFUSIÓN DE RESOLUCIÓN Y DISPOSICIÓN DE CONCURSO DE TÍTULOS, ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN PARA LA COBERTURA DE CARGOS DIRECTIVOS TITULARES DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS DEPENDIENTES DE LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN FÍSICA

TE ORIENTAMOS

CON LOS PASOS

DE LA INSCRIPCIÓN

 

1) Leé toda la NORMATIVA 

   RESOC-2025-5463-GDEBA-DGCYE Y ANEXOS (1)

  DI-2025-41676187-GDEBA-DTCDGCYE

  IF-2025-41662201-GDEBA-DTCDGCYE

ARTÍCULO 4°: Establecer que las y los aspirantes que se postulen, deberán reunir las condiciones generales para los ascensos y específicas para el cargo al que se convoca, las cuales se especifican en el Anexo 3 IF-2025-37271443-GDEBA-DTCDGCYE, y en el Anexo 4 IF- 2025-37429493-GDEBA-DTCDGCYE respectivamente los cuales constan de cuatro (4) páginas el primero, y dos (2) el segundo.

Condiciones exigidas Entre otras:

  • ARTÍCULO 80° DEL ESTATUTO DEL DOCENTE (Ley N°10579) y
    MODIFICATORIAS (N° 10614, N° 10639 Y N° 10473).

a) Ser titular de Nivel y/o Modalidad en la que desea concursar o
pertenecer a las Modalidades de Educación Física, Artística o Psicología Comunitaria y Pedagogía Social, con desempeño titular, en el Nivel que aspira.

  • ARTICULO 82° Decreto N° 2485/92, modificado por Decreto N° 441/95, Reglamentación del Estatuto del Docente

a) Para aspirar al cargo de Directora/Director, Vicedirector/a se requiere una antigüedad mínima de Siete (7) años en la gestión pública de la Provincia de Buenos Aires, con carácter de titular, provisional y/o suplente;

b) y una antigüedad mínima de (7) siete años de desempeño efectivo en la Dirección Docente que corresponda, en carácter de titular, provisional o suplente.

Resolución N° 1277/99: antigüedad docente en servicios de educación privada reconocidos por la Dirección General de Cultura y Educación a todos los efectos estatutarios

ARTÍCULO 7°: Aprobar el temario para las pruebas de oposición con su especificación bibliográfica que obra como  Anexo 5 IF-2025-37208157-GDEBA-DTCDGCYE, pasando a formar
parte integrante de la presente resolución, y consta de diez (10) páginas.

ARTÍCULO 8°: Aprobar la Declaración Jurada de Inscripción a cumplimentar por los y las aspirantes a participar en el concurso de referencia, la cual se adjunta como Anexo 6 IF-2025- 37430887-GDEBA-DTCDGCYE, el cual forma parte integrante de la presente resolución, y consta de siete (7) páginas.

ARTÍCULO 9°: Considerar el Puntaje Docente al 31 de diciembre del año anterior al llamado a concurso como antecedente valorable, según tabla de conversión que luce como   Anexo 7 IF-
2025-37328599-GDEBA-DTCDGCYE Anexo 7 IF-2025-37328599-GDEBA-DTCDFCYE, y que consta tres (3) páginas y se declara parte integrante de la presente resolución.

2) Mirá el cronograma 

DI-2025-41676187-GDEBA-DTCDGCYE

Difusión y Notificación
20 días hábiles
17/11/25 al 17/12/25

Inscripción
10 días hábiles
09/12/25 al 29/12/25

Conformación de listados
30 días hábiles
30/12/25 al 18/03/26

Exposición y notificación de listados
5 días hábiles
19/03/26 al 26/03/26

Presentación de recursos
10 días hábiles
27/03/26 al 13/04/26

Tratamiento y respuestas de recursos
10 días hábiles
13/04/26 al 24/04/26

3) Descargá las planillas

https://abc.gob.ar/secretarias/areas/subsecretaria-de-educacion/tribunales-de-clasificacion/tribunales-de-clasificacion/concurso

4) Prepará la DOCUMENTACIÓN 

Toda solicitud deberá estar acompañada de

DNI Escaneado

Constancia de antigüedad, Calificación y Desempeño, firmada por autoridades competentes a fin de acreditar los antecedentes del cargo titular por el cual solicita el ascenso.

 Planilla Inscripción FORMULARIO

IMPORTANTE:  tanto la INSCRIPCIÓN ASPIRANTE A CARGOS DIRECTIVOS como la CONSTANCIA DE ANTIGÜEDAD, CALIFICACIÓN Y DESEMPEÑO se encuentran en un único archivo.

Disposiciones de desempeño de cargo transitorio (Decreto N° 252/06)

 Otra documentación probatoria que considere necesaria.

5) Escaneá los archivos adicionales 

Dicha documentación deberá adjuntarse

en archivo jpg o pdf 

¿No sabés cómo hacerlo?

te damos una manito !mira!  

 “La planilla de inscripción tiene carácter de DDJJ, por lo cual es responsabilidad del docente la veracidad de los datos consignados en la misma, pudiendo su falsedad dar lugar a la sustanciación de las acciones que correspondan por incumplimiento de las obligaciones que surgen del artículo 6 del Estatuto del Docente – Ley Nº 10579/87 modificatorias y reglamentación

 Se deberá completar utilizando un procesador de texto, dado que la legibilidad de los datos consignados es de exclusiva responsabilidad del solicitante. Podrá incluir una firma escaneada y pegada o en su defecto deberá guardar el archivo e imprimir para luego consignar la firma ológrafa (de puño y letra), escanear y guardar como archivo jpg o pdf, legible y completo.

 

¡Iniciá la Inscripción!

6) Entrá en la plataforma abc 

La inscripción deberá realizarse a través del aplicativo
correspondiente del portal ABC, al cual el /la docente accederá con su usuario y contraseña.
En “Inscripciones y acciones estatutarias” encontrará un aplicativo específico para CONCURSO DIRECTIVOS EDUCACIÓ FÍSICA.

 

¿CÓMO INGRESAR AL APLICATIVO DE “INSCRIPCIONES Y ACCIONES ESTAUTARIAS” EN LA NUEVA PLATAFORMA DE ABC?

En dicho aplicativo, aparecerán los datos personales y podrá adjuntar la documentación correspondiente a

(Esto  lo preparaste en el paso 4 )

DNI Escaneado

Constancia de antigüedad, Calificación y Desempeño, firmada por autoridades competentes a fin de acreditar los antecedentes del cargo titular por el cual solicita el ascenso. 

 Planilla deIF-2025-37430887-GDEBA-DTCDGCYE – ANX 6 Planilla Inscripción FORMULARIO 

IMPORTANTE:  tanto la INSCRIPCIÓN ASPIRANTE A CARGOS DIRECTIVOS como la CONSTANCIA DE ANTIGÜEDAD, CALIFICACIÓN Y DESEMPEÑO se encuentran en un único archivo.

Disposiciones de desempeño de cargo transitorio (Decreto N° 252/06)

 Otra documentación probatoria que considere necesaria.

 

Para ello, deberá subir los archivos correspondientes a la planilla y a la documentación, los cuales deberán estar en los formatos jpg o pdf.

7) ¡Al finalizar la Inscripción!

Deberás obtener el comprobante de inscripción,

presionando el botón

“imprimir comprobante”.

 

Quien se inscriba deberá tener en cuenta que una vez realizada la inscripción podrá modificar los datos ingresados y reemplazar los archivos que se adjuntaron si fuera necesario únicamente dentro del período de inscripción.
Si realiza varias modificaciones se tomará como válida la última información ingresada. Se recomienda que la/el docente verifique la calidad de los archivos para que los mismos sean legibles por los organismos intervinientes.

Aclaración: En los casos que al aspirante se le presenten inconvenientes para realizar la inscripción a través del aplicativo, deberá comunicarse a
triclaeducacionfisica@abc.gob.ar  utilizando su correo electrónico abc.

 

8) ¡No anda!  ¿qué puede pasar? 

Verificá el peso de los archivos

mirá acá lo que puede pasar con la carga de los archivos

9) ¿Dudas?

sad061pdeseleccion@abc.gob.ar

 

Normativa

RESOC-2024-3866RESOC-2025-5463-GDEBA-DGCYE Y ANEXOS (1)

DI-2025-41676187-GDEBA-DTCDGCYE

IF-2025-21647936-GDEBA-DEEDGCYE-1 (1)

 

Prof. Federico Belossi – SAD – Lobos – Región 24

CONCURSO TITULARES DIRCTORES/AS DE EDUCACIÓN FÍSICA

CONCURSO DE TÍTULOS, ANTECEDENTES Y OPOSICIÓN PARA LA COBERTURA DE CARGOS DIRECTIVOS TITULARES DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS DEPENDIENTES DE LA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN FÍSICA

La Secretaria de Asuntos Docentes de Lobos notifica a todo el personal docente  la convocatoria al llamado a Concurso de Titular de los cargos vacantes de Directores de Enseñanza de la Dirección Educación Física Resolución N°2025-5463.

RESOC-2025-5463-GDEBA-DGCYE Y ANEXOS (1)

DI-2025-41676187-GDEBA-DTCDGCYE

IF-2025-41662201-GDEBA-DTCDGCYE

       CRONOGRAMA DE ACCIONES

Difusión y Notificación: (20 días hábiles)

17/11/2025 al 17/12/2025

Inscripción: (10 días hábiles) 

09/12/2025 al 29/12/2025

 

Prof. Federico Belossi – SAD – Lobos – Región 24

NUEVO CIRCUITO PARA SOLICITAR REINCORPORACIÓN DE CARGOS MÓDULOS Y/U HORAS CÁTEDRAS.

NUEVO CIRCUITO PARA SOLICITAR REINCORPORACIÓN DE CARGOS MÓDULOS Y/U HORAS CÁTEDRAS.

Normativa vigente: Capítulo XVII:

De las Reincorporaciones (Artículo 98° al 100°) Ley N°
10579/87.

Requisitos:  Artículo 98° Ley N° 10.579 y sus modificatorias

“El docente tendrá derecho a solicitar su reincorporación en el cargo, módulos y/u horas-cátedra en los que revistaba como titular, siempre que existan vacantes y reúna los siguientes requisitos:

1-.  Haber revistado como titular confirmado en los cargos, módulos y/u horas cátedra en los que solicita la REINCORPORACIÓN.

2-. Reunir al momento del cese una antigüedad mínima como titular en la rama en laque solicita la reincorporación, de dos (2) años; y como titular, provisional y/o suplente, de cinco (5) años en la docencia oficial de la Provincia de Buenos Aires, al momento del cese.

3-. Haber sido calificado con un concepto promedio no inferior a siete (7) puntos.

4-. Acreditar poseer aptitud psicofísica y una conducta acorde con la función Docente.

5-. No hallarse en condiciones de obtener los beneficios jubilatorios en la rama en laque solicita la reincorporación.

6-. Haber obtenido su rehabilitación para reingresar en la docencia, cuando hubiera cesado por sanción disciplinaria expulsiva.

7-. No hallarse alcanzado por disposiciones que establezcan incompatibilidad o
inhabilidad.

Reglamentación Decreto No 2485/92 modificado por el Decreto N° 441/95

“Las vacantes para reincorporaciones se otorgarán según el orden preferencial establecido por el artículo 55o del Estatuto del Docente.”

“El docente que solicite reincorporación deberá presentar declaración jurada precisando los cargos, módulos y/u horas-cátedra que desempeñe en ámbitos de gestión pública y de gestión privada, y manifestar que su situación no excede lo prescripto en el artículo 28° del Estatuto del Docente, y que no se encuentra alcanzado por las incompatibilidades del artículo 29o del Estatuto del Docente. y su reglamentación.
No podrán ser reincorporados los docentes inhabilitados judicialmente, ni los que sufrieran sanción expulsiva, sin previa rehabilitación.
La reincorporación se concederá con Destino Provisorio hasta que el Tribunal de Clasificación le asigne el Destino Definitivo por Movimiento Anual Docente.
La reincorporación se otorgará en el distrito en que revistaba como titular antes del cese, salvo que por razones de unidad familiar o de salud, debidamente acreditadas, se solicite en otro distrito teniendo en cuentas las vacantes existentes.
El trámite de reincorporación comienza con el pedido que se efectúa en la Secretaría de Asuntos Docentes del distrito.
La notificación del otorgamiento de las reincorporaciones será efectuada por la Secretaría de Asuntos Docentes, a los servicios educativos y al interesado.”

 

Documentación a presentar:

  • Nota de solicitud
  • DNI – Escaneado
  • Resolución / documentación del cargo titular
  • Resolución / documentación de renuncia de causas particulares
  • Declaración jurada de cargos
  • Certificado de aptitud psicofísica
  • SET 4 o informe del Departamento de Puntaje Anual Docente
  • Título habilitante

Toda la documentación enviala atraves del siguiente formulario:

https://forms.gle/e36UfwWsuUeuqMmEA

 

 

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LLAMADO EMERGENCIA ESPECIAL TP

Secretaria de Asuntos Docentes de Lobos llama a inscripción para la conformación del listado de Emergencia  en la modalidad de Educación Especial de acuerdo a lo que establece la Disposición 09/2025

 

  • TP Maestro para alumnos con Trastornos Emocionales Severos

VII-TRASTORNOS EMOCIONALES SEVEROS
Ítem 1.-: Profesoras/es Especializadas/os en Discapacidad Intelectual, Ciegos/as y Disminuidos/as Visuales, Neuromotores y Sordos/as e Hipoacúsicos/as a partir del 50% de materias aprobadas de la Especialización docente de Nivel Superior para Estudiantes con alteraciones en el desarrollo y la constitución subjetiva C

Ítem 2.-: Profesoras/es Especializados/as en Discapacidad Intelectual, Ciegos/as y Disminuidos/as Visuales, Neuromotores y Sordos/as e Hipoacúsicos/as o docentes habilitados para el cargo de ET , y/o IM con la valoración designada en la oblea.

Ítem 3 : Lic. en Psicología o Psicóloga/o , Psicólogo/a clínico o educacional ( 4 años o más ) que sean alumnas/os regulares del Profesorado de Educación Especial (de cualquiera de las caracterizaciones), o del Profesorado del Nivel Primario o del Nivel Inicial a partir del 50% de materias aprobadas.

Ítem 4 : Lic. en Psicología, Psicólogo/a, Psicólogo/a Clínico/a, Psicólogo/a Educacional, Psicopedagogo/a y Licenciado/a en Psicopedagogía (carrera de 4 años o más) con el 50% de materias aprobadas del trayecto de formación complementaria dirigido a profesionales de la psicología para la atención de estudiantes con alteración en el desarrollo y la constitución subjetiva”(RSC-1164-2019- GDEBA-DGCYE), id10252 (RESOC-2023-1154-GDEBA-DGCYE).

Ítem 5.-: Lic. en Psicología o Psicóloga/o,Psicopedagoga/o o Lic. en Psicopedagogía ( con carrera de 4 años o más ) con Profesorados que habiliten para el ejercicio de la docencia en cualquier Nivel o Modalidad del Sistema Educativo o capacitación docente

Agotadas las instancias citadas podrán incluirse en todos los cargos, en último término docentes jubilados hasta 2 años posterior al cese, con título habilitante para el cargo que aspira y siempre y cuando hayan sido titulares en igual cargo en Ed Especial.”

Los interesados deberás Inscribirse en el Link

(Disponible según el cronograma de inscripción) 

https://forms.gle/gWyoDZUnz38swxNr9

Se enviará una copia de tus respuestas por correo electrónico a la dirección que has proporcionado.

Una vez completado el formulario con tus datos, al pie, encontrarás la opción

para adjuntar la documentación escaneada

CRONOGRAMA PREVISTO     

  • Difusión: 12/11/2025 al 14/11/2025
  • Inscripción: 17/11/2025 al 19/11/2025

Los interesados deberán presentar:

  • Declaración Jurada FINES-EMERGENCIA
  • DNI
  • Título secundario registrado en consejo escolar
  • Títulos terciarios y/o universitarios (si es que presentan) registrados en consejo escolar
  • Constancia de alumno regular que no exceda los 30 días de antigüedad
  • Formulario 354 con desempeños certificados por autoridad competente FORM-354-antiguedad-2022         

IF-2025-21647936-GDEBA-DEEDGCYE-1 (1)

Toda la documentación que se adjunte, deberá estar escaneada en formato JPG o PDF para su mejor lectura.

NO TE OLVIDES DE AGENDARLO

La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina.
ARTICULO 68°: (Decreto 2485/92) – Una vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente, o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del En los distritos en que no sea viable el registro de los títulos, por encontrarse cerrado el Consejo Escolar correspondiente, se considerará a todos los efectos la Declaración Jurada del docente.

Siendo de aplicación en todos los casos lo prescripto en el Artículo 68° de la Ley 10579, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, que dice:
ARTICULO 68°: (Texto según Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados cancelará el nombramiento,
si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el término de dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la sanción, sin que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del aspirante con
carácter definitivo sumario pertinente. En caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la designación de un funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el
contenido de la documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días y emplazándolo
para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas. Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán los actuados al Tribunal de Disciplina para su intervención. En caso de infractores reincidentes que no se
encuentren prestando servicios al momento de comisión de la presunta falta se aplicará el mismo procedimiento señalado precedentemente.

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emergencia fonoaudiólogo fo

Secretaria de Asuntos Docentes de Lobos llama a inscripción para la conformación del listado de Emergencia  en la modalidad de Educación Especial de acuerdo a lo que establece la Disposición 9/2025

  • FO     Fonoaudiólogo

Los interesados deberás Inscribirse en el Link

(Disponible según el cronograma de inscripción) 

      https://forms.gle/gZXJX1CupgFQwqPXA

Se enviará una copia de tus respuestas por correo electrónico a la dirección que has proporcionado.

Una vez completado el formulario con tus datos, al pie, encontrarás la opción

para adjuntar la documentación escaneada

CRONOGRAMA PREVISTO

  • Difusión: 03/11/2025 al 05/11/2025
  • Inscripción: 06/11/2025 al 10/11/2025

Los interesados deberán presentar:

  • Declaración Jurada FINES-EMERGENCIA
  • DNI
  • Título secundario registrado en consejo escolar
  • Títulos terciarios y/o universitarios (si es que presentan) registrados en consejo escolar
  • Constancia de alumno regular que no exceda los 30 días de antigüedad
  • Formulario 354 con desempeños certificados por autoridad competente FORM-354-antiguedad-2022         

 

Toda la documentación que se adjunte, deberá estar escaneada en formato JPG o PDF para su mejor lectura.

NO TE OLVIDES DE AGENDARLO

La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina.
ARTICULO 68°: (Decreto 2485/92) – Una vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente, o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del En los distritos en que no sea viable el registro de los títulos, por encontrarse cerrado el Consejo Escolar correspondiente, se considerará a todos los efectos la Declaración Jurada del docente.

Siendo de aplicación en todos los casos lo prescripto en el Artículo 68° de la Ley 10579, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, que dice:
ARTICULO 68°: (Texto según Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados cancelará el nombramiento,
si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el término de dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la sanción, sin que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del aspirante con
carácter definitivo sumario pertinente. En caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la designación de un funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el
contenido de la documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días y emplazándolo
para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas. Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán los actuados al Tribunal de Disciplina para su intervención. En caso de infractores reincidentes que no se
encuentren prestando servicios al momento de comisión de la presunta falta se aplicará el mismo procedimiento señalado precedentemente.

IF-2025-21647936-GDEBA-DEEDGCYE

Prof. Federico Belossi – SAD – Lobos – Región 24

RECLAMO PRIMERA INSTANCIA -108 A (AMPLIATORIO), 108 B (COMPLEMENTARIO), LISTADOS 108 A SUPERIOR Y ARTÍSTICA SUPERIOR Y 108 B SUPERIOR Y ARTÍSTICA SUPERIOR

RECLAMO PRIMERA INSTANCIA -108 A (AMPLIATORIO), 108 B (COMPLEMENTARIO), LISTADOS 108 A SUPERIOR Y ARTÍSTICA SUPERIOR Y 108 B SUPERIOR Y ARTÍSTICA SUPERIOR

COMUNICACIÓN CONJUNTA N° 06/2025.

  • Listados 108 A (Ampliatorio)
  • Listados 108 B (Complementario)
  • Listados 108 A. Superior y Artística Superior
  • Listados 108 B. Superior y Artística Superior
  • FINES Listado 1
  • FINES Listado 2
  • Contexto de Encierro Listado 1
  • Contexto de Encierro Listado 2;

Importante:

Cuando no esté conforme con algún dato del Puntaje de Ingreso a la Docencia (PID), la/el aspirante podrá interponer su reclamo únicamente VÍA CORREO ELECTRÓNICO:

1– Enviará un correo al Tribunal Descentralizado teniendo en cuenta la región que corresponda al distrito de residencia que figura en el DNI, preferentemente utilizando la cuenta de correo bajo el dominio @abc.gob.ar
Por ejemplo: si la/el aspirante posee residencia consignada en el DNI en el distrito de  Lobos, deberá escribir el correo electrónico al Tribunal Descentralizado24: reclamos108td24@abc.gob.ar

2– La/el aspirante con domicilio en CABA u otras provincias deberá enviar su reclamo de acuerdo al primer distrito solicitado en la inscripción, al Tribunal Descentralizado de la Región correspondiente.
Recepcionados los mismos serán remitidos al Tribunal Descentralizado de intervención a efectos de brindar respuesta.

3– La/el recurrente deberá detallar el motivo de su disconformidad, en el cuerpo del correo electrónico. Se solicita atender a la redacción y ser precisa/o en el reclamo.

4– Se solicita generar un único correo para realizar el reclamo. Esperar la respuesta del Tribunal Descentralizado ya que duplicar el envío de reclamos no beneficia el tratamiento del caso, sino que genera siempre confusión y dilación en la respuesta.

5– El ASUNTO del mail deberá contener los siguientes datos:

DISTRITO de Residencia (de acuerdo al DNI)

APELLIDO Y NOMBRE- DNI-LISTADO/S

Por ejemplo:

LOBOS – OSORIO CRISTINA- DNI: 20000000 -108B
                                                       o
061- OSORIO CRISTINA- DNI: 20000000-108 B

6– No deberá adjuntar ningún tipo de documentación ya que la válida es la que la/el aspirante adjuntó al momento de la inscripción.
De acuerdo a lo prescripto en la Ley N° 10.579 y su reglamentación, artículo 63 “…Con posterioridad al período fijado para la inscripción no se aceptarán solicitudes de ingreso modificaciones al pedido original o nueva documentación para agregar a la presentada en
término. La solicitud de ingreso en la docencia tiene carácter de declaración jurada…”

7– Las respuestas a los reclamos serán enviadas al aspirante al correo que utilizó para iniciar el mismo, preferentemente bajo el dominio @abc.gob.ar y dentro del plazo que se detalla a
continuación.

8– Recepción de reclamos: del 03/11/2025 al 02/12/2025.

 

PV-2025-39815310-GDEBA-DTCDGCYE

 

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ISFDYT N° 43 COBERTURA DE MÓDULOS POR RESOL. N° 5886/03

La Secretaria de Asuntos Docentes de Lobos en el marco de la resolución 5886/03  y su modificatoria del Anexo I, Resolución 1161/20 cumple con dar difusión y convocatoria de aspirants a la cobertura de las horas y/o módulos del ISFD y T N° 43

IS43-TEC.SUP.EN ACOMPAÑAMIENTO TERAPEUTICO- Acompañante Terap. en la niñez y adolesc. – 3° año.docx (1) – Isfdyt n° 43 Lobos

  • MODELO DE OCUPACIÒN HUMANA

IS43-TEC.SUP.EN ACOMPAÑAMIENTO TERAPEUTICO- Modelo de ocupación humana – 2° año.docx – Isfdyt n° 43 Lobos

PROFESORADO DE EDUCACION SECUNDARIA EN HISTORIA

  • HISTORIA ARGENTINA I

IS43 – PROF HISTORIA – Historia Argentina I- 3° año.docx – Isfdyt n° 43 Lobos

 

 

Para más información

https://isfdyt43-bue.infd.edu.ar/

Prof. Federico Belossi – SAD – Lobos – Región 24

EDUCACIÓN A DISTANCIA CENS 451

Secretaria de Asuntos Docentes de Lobos llama a inscripción para la conformación de listados  del Programa de Educación a Distancia del CENS N° 451 (Resolución 106/18)

 

CENS N° 451 -SEMIPRESENCIAL

  • MATEMÁTICA 5 HC (SUPLENTE)

 

CRONOGRAMA PREVISTO

Difusión: 27/10/2025 AL 31/10/2025

Inscripción: 03/11/2025 AL 05/11/2025

 

Los interesados deberán inscribirse en el link

(Disponible según el cronograma de Inscripción) 

https://forms.gle/L4ndYY6iBJtJNdS48

Se enviará una copia de tus respuestas por correo electrónico a la dirección que has proporcionado.

Una vez completado el formulario con tus datos, al pie, encontrarás la opción

para adjuntar la documentación escaneada

Toda la documentación que se adjunte, deberá estar escaneada en formato JPG o PDF para su mejor lectura.

1)  Planilla de solicitud de inscripción (Anexo IV)

2)  Curriculum vitae con los siguientes ítems:

        a) TÍTULOS: con indicaciones de la Universidad o Escuela y /o Instituto Superior que lo otorgó y fecha en que fueron otorgados, con documentación que lo acredite.

       b) ANTECEDENTES DOCENTES Y LABORALES: indicando las tareas desarrolladas, especificando la Institución, el período ejercido y la naturaleza de su designación, con certificación que avale la trayectoria. Manejo de herramientas informáticas.

3. Propuesta pedagógica: Según pautas establecidas en el ANEXO II (Disposición N° 004/18)

Los Proyectos deberán hacer hincapié en:

  • Fundamentación
  • Propósitos y objetivos
  • Actividades tutoriales del docente
  • Criterios de evaluación
  • Bibliografía

 

NO TE OLVIDES DE AGENDARLO

.Siendo de aplicación en todos los casos lo prescripto en el Artículo 68° de la Ley 10579, sus modificatorias y Decretos Reglamentarios, que dice:
ARTICULO 68°: (Texto según Ley 10614) La falsedad en las declaraciones o certificados cancelará el nombramiento, si lo hubiese, y excluirá del Registro al aspirante por el término de dos (2) a cinco (5) años, de acuerdo con la gravedad de la misma a partir de la fecha de la sanción, sin que el término del alejamiento bonifique por tal concepto para ulteriores designaciones. La reincidencia en la falsedad causará la eliminación del aspirante con carácter definitivo. La sanción se aplicará previa instrucción de sumario y dictamen del Tribunal de Disciplina.
ARTICULO 68°: (Decreto 2485/92) – Una vez detectada la falsedad, la rama técnica correspondiente, o el Tribunal de Clasificación en su caso, girará las actuaciones a la Dirección del Tribunal de Disciplina para propiciar se ordene la instrucción del sumario pertinente. En caso de infractores primarios la disposición que lo ordene, establecerá la designación de un funcionario, en lo posible letrado, para que cite al imputado a ratificar o rectificar firmas y el contenido de la documentación que se le atribuye, otorgándole vistas por el plazo de diez (10) días y emplazándolo para que dentro de dicho término presente su descargo y ofrezca pruebas. Si ésta es ofrecida, el instructor sumariante la sustanciará y otorgará el plazo respectivo para alegar sobre la misma. Cumplidas dichas instancias se elevarán los actuados al Tribunal de Disciplina para su intervención. En caso de infractores reincidentes que no se encuentren prestando servicios al momento de comisión de la presunta falta se aplicará el mismo procedimiento señalado precedentemente.

 

Prof. Federico Belossi – SAD – Lobos – Región 24

PUBLICACIÓN RESULTADOS ACRECENTAMIENTO 2025/2026

Secretaría de Asuntos Docentes de Lobos publica los resultados del ACRECENTAMIENTO 2025-2026

Según el Anexo que obra en la Disposición 21/2025

20/10/25 al 28/10/25

  • Notificación del resultado del tratamiento del ACRECENTAMIENTO, efectuado por los Tribunales Descentralizados y Tribunales Centrales. 
  • Recepción de reclamos de ACRECENTAMIENTO
  • Recepción de renuncias al ACRECENTAMIENTO otorgado, enviar un correo a madsad061@abc.gob.ar

Comunicar a los servicios educativos la finalización del tratamiento del ACRECENTAMIENTO y el resultado del mismo

Según Disposición 13/2024 Anexo 2.1 PAUTAS Y PROCEDIMIENTOS PARA EL ACRECENTAMIENTO

– Exhibir durante el plazo de 5 (cinco) días los listados con el resultado del Acrecentamiento –

– La sola exhibición de los Listados dará por cumplida la notificación –

Archivos para descargar con los resultados

(061) Secundaria Planilla AH 2026

(061) Primaria Planilla AH 2026

(061) ETP Planilla AH 2026

(061) Artística Planilla AH 2026

(061) Educ. Fisica Planilla AH 2026

Normativa: https://www.sadlobos.com/mad-y-acrecentamiento/movimiento-anual-docente-mad-y-acrecentamiento-ah-2024-2025/

Para presentar recursos para elevar al TD 24 enviar un correo a madsad061@abc.gob.ar

CONSULTAS:   madsad061@abc.gob.ar

Prof. Federico Belossi  – SAD -Lobos – Región 24